Visto el escrito Transaccional, presentado por el abogado SIMON JURADO-BLANCO, IPSA N° 76.855, parte oferente en el presente asunto, y por la parte oferida la abogado CLAUDIA ILARRAZA, IPSA No. 130.059, asistiendo a la ciudadana PATRICIA ALEXANDER, titular de la Cedula de Identidad No. 16.033.193, constante de cinco (5) folios útiles, mediante la cual dejan constancia del único pago acordado y ambas partes solicitan la homologación del presente asunto, asimismo consignan copia simple del cheque N° 00509791, del Banco Provincial, por un montón de BS. 62.899,36, este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento.....