Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Andrés Llovera Giliberti y Sajary González Álvarez, actuando como apoderados judiciales del ciudadano FERNANDO EULOGIO MEDINA GARCÍA, contra el incumplimiento de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN INDUSTRIAL AMERICER, C.A., a acatar la Providencia Administrativa Nº 00065 dictada en fecha 07 de marzo de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en Los Valles del Tuy, Estado Miranda.
SEGUNDO: Se ORDENA al Presidente de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN INDUSTRIAL AMERICER, C.A., dar cumplimiento a la Providencia Administrativa N° 00065 dictada en fecha 07 de marzo de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en Los Valles del Tuy, Estado Miranda, dentro .....