DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de la Responsabilidad Penal del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA POR UN AÑO Y SEIS MESES, Y SUCESIVAMENTE REGLAS DE CONDUCTA POR OCHO MESES Y DIEZ DÍAS impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 545 de la Lopna, por el lapso de UN (01) AÑO TRES (03) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, faltándole por cumplir DOS (02) MESES Y QUINCE(15) DÍAS, y Sucesivamente REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de OCHO (08) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, cesando aproximadamente la medida de libertad asistida en fecha el Veinte de Enero del 2009 a las 12: 01 horas de la mañana. Impóngase del presente auto al sancionado. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Públic.....