PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Luís José Calzadilla, contra la sociedad mercantil Promotora Pazo Real, C.A, SEGUNDO: CON LUGAR la reclamación en lo referente a la Indemnización por Accidente Trabajo, TERCERO: SIN LUGAR la reclamación por Diferencia de Prestaciones Sociales y CUARTO: CON LUGAR la solidaridad en cuanto a las empresas Constructora de Casas 3,2,1, C.A (CONCASA), Cooperativa Concasa 332, R.L, Constructora 0305, C.A, Desarrollo Palma Real Suite, C.A, Inversora 995, C.A, y Promotora Agua de Canto, C.A. ambas partes identificados en autos; en consecuencia, se ordena el pago de la cantidad de NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (BS. 94.492,05