DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: SANABRIA SANABRIA WINDER JESUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-22.496.396, Soltero, residenciada en CALLE NUEVA CEIBA NUMERO 17 VIA ZUATA ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 codigo penal.. Se observa que la penada fue condenada a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal. Asimismo, se le participa que la penada SANABRIA SANABRIA WINDER JESUS, se encuentra Privado de Libertad en el CENTRO DE PROCESADOS 26 DE JULIO ESTADO GUARICO, pudiendo optar a las Formulas Alternativas del Cumplimiento de .....