UNICO: Se acuerda el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano: POR IDENTIFICAR titular de la cedula de identidad N° V-S/, Por la comisión del Delito DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO previsto y sancionado en el artículo 3de la Ley Sobre el hurto y Robo de Vehículos Automotores; vigente para el momento de ocurrir los hechos que originaron la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, a saber: Que la acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada. Notifíquese. Diarícese. Cúmplase.-
LA JUEZA,
ABG. YACIANI J. DIAZ MARCANO
LA SECRETARIA,
ABG. RAIXA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
ABG. RAIXA ALVAREZ
CAUSA Nº 5C-SOL-4544-23
YJDM/aaar