En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil PROCESADORA VENEZOLANA DE CEREALES (PROVENCESA), contra los actos administrativos Planillas de Liquidación H-90-0108621, H-90-0108622, H-90-0108623, H-90-0108624, H-90-0108625, H-90-0108626, H-90-0108627, H-90-0108628, H-90-0108629, H-90-0108630 y H-90-0108634, correspondientes a los períodos agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 1994 y enero, febrero, marzo abril, mayo y septiembre de 1995, mediante las cuales se imponen multas a la recurrente, por la cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 162.000,00), para cada uno de los períodos referidos y Planillas de Liquidación H-90-0108631, H-90-0108632, H-90-0108633, H-90-0108635, H-90-0108636, H-90-0108637, H-90-0108638.....