En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: al ciudadano: ACUÑA TOVAR GUSTAVO JOSE, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido en fecha 24-05-1978, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.721.327 y residenciada en URB. LA HERREREÑA, CALLE PRINCIPAL CASA Nº 92, VIA TURMERO, ESTADO ARAGUA, de los cargos formulados por la Fiscal Séptima del Ministerio Público, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal Vigente, así mismo se considera que es procedente declarar al acusado INCULPABL.....