Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaro: PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer de la NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO contra acto de fecha 20 julio de 2010, que certifica Accidente Laboral, interpuesto por el Abogado CARLOS MARTINEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°: 57.926, en sus carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil FINCA VILLA CARRARA II, C.A, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASESL) DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MONAGAS Y DELTA AMACURO.SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente causa a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de la resolución del conflicto negativo de c.....