REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 06 de diciembre de 2011
Años 201° y 152°
Por presentada la anterior solicitud de Separación de Cuerpos, por los ciudadanos OMAR JOSE IZAGUIRRE y KELLY OLIVIA FERNANDEZ RIVAS, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-9.663.432 y V-11.195.123, respectivamente, asistidos por el abogado JOSE POLANCO MALDONADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.078. Désele entrada, anótese en los libros respectivos y ADMÍTASE cuanto a lugar en derecho. Leída la solicitud los comparecientes manifestaron su conformidad, por lo que éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, todo de conformidad con el Artículo 762 Parágrafo Primero del Código de Procedimiento Civil, .....