Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor del ciudadano: SOLEXIS RICHARD PERALES MOGOLLÓN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.001.913, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno, EL CONSEJO VEREDA EL CALANCHE, SECTOR COROCITO, Nº DE CASA 17, MUNICIPIO JOSÉ RAFAEL REVENGA DEL ESTADO ARAGUA, cuyo número catastral es 05-06-01-U02-010 COROCITO, las cuales están enclavadas en un área de terreno de CIENTO NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS CENTÍMETROS (109,92 Mts²), con un área de construcción de NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTÍMETROS (95,59 Mts²), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con Paula Trejo; SUR: con la vereda calanche; ESTE: Con Yong Márquez y OESTE: Con Norma Hernández. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil