Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio conforme al Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 1070, dictada por La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de Diciembre de 2016 y en la Sentencia N° 136, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Marzo de 2017 respectivamente, presentada por el ciudadano: RIGOBERTO JESUS GONZALEZ BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.720.182, asistida por el abogado: VICTOR EDUARDO ACEVEDO AVILA inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 250.344. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que une a los ciudadanos RIGOBERTO JESUS GONZALEZ .....