D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MERY GOMEZ CADENAS, Fiscal Octava del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, en contra de la decisión dictada en fecha 22 de Octubre de 2007, por el Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por cuanto la falta de motivación, observada por esta Sala, versa específicamente, en que la recurrida, no analizó y apreció las pruebas en forma global, violentando así, el sistema de la Sana Crítica. Quedando así, ANULADA la sentencia recurrida, y en consecuencia, se ORDENA la celebración de un nuevo juicio oral y público ante otro Juez de Primera.....