PARTE DISPOSITIVA
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONFESIÓN FICTA DE LA PARTE DEMANDADA Y CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA, (EXTINCIÓN DE HIPOTECA), intentada por el ciudadano ALIPIO GUEVARA CALDERON contra el ciudadano CARLOS BLANCO MARTINEZ, en su propio nombre y en nombre de la sucesión de CARLOS BLANCO REY, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia, se declara EXTINGUIDA la Hipoteca Convencional de Segundo Grado, constituida por la parte actora a favor de los ciudadanos CARLOS BLANCO MARTINEZ y CARLOS BLANCO REY, que pesaba sobre el inmueble distinguido como: "un (1) apartamento destinado a vivienda, distinguido con el Nro. 154, del Edificio N° 4, de la planta 15, que forma parte del Centro Residencial .....