Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, SEDE LA VICTORIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, DECLARA: INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, , incoado por el ciudadano abogado GERARDO RAFAEL GASCÓN DOMÍNGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio GENERAL MILLS DE VENEZUELA, C.A., contra AUTO de fecha tres (3) de octubre del 2012, suscrito por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua sede en Cagua del Estado Aragua, mediante la cual declaro Sin Lugar la excepción alegada y en consecuencia ordena continuar con las discusiones conciliatorias del Proyecto de Convención Colectiva de Trabajo entre el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Progresistas de la empresa General Mills de Venezuela, .....