este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano RAMON ARMINIO CHACON, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.976.740, Natural de Caripe, estado Monagas, nacido en fecha 06/10/1968, de 47 años de edad, Estado Civil: casado, hijo de: Mirian Chacón (V) y de Ramón Marcano (F) domiciliado en: Calle Principal, la frontera, planta de tratamiento de agua, Caripe, Municipio Caripe estado Monagas, de la comisión de los delitos de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41, con las agravantes prevista en el artículo 65, numerales 4º y 10º, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de violencia, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40, con las agravantes prevista en el artí.....