Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Se Declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer de la apelación interpuesta por la ciudadana DARIA BOLÍVAR VASQUEZ de DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-4.367.058, quien es parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Liberador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 01 de diciembre de 2015.
SEGUNDO: DECLINAR LA COMPETENCIA AL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA que por distribución corresponda, en virtud de la resolución N° 2009-2006 de fecha 18 de .....