DISPOSITIVA:
En consecuencia este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de Pensión de alimentos incoada por la ciudadana EVELYN MARIBEL DIAZ ALVAREZ, representante de sus hijas FRANBERLIN MICHELLE ILLAS DIAZ Y FRANYELIN ESCASRLET ILLAS DIAZ, de siete (07) años y Un (01) año y Once (|11) meses de nacida contra el ciudadano FRANCISCO ANTONIO ILLAS CHACON, y en consecuencia PRIMERO: se fija la obligación alimentaria en 13 salarios diarios decretados por el ejecutivo Nacional, ya que permite un ajuste automático y proporcional pagaderos mensualmente de |DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.222.007, 50). SEGUNDO: se fijan 26 salarios diarios decretados por el Ejecutivo Nacional, ya que permiten un ajuste automático y proporcional que equivalen a la suma SEISCIENTOS CATOR.....