En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en función de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: : PRIMERO: La remisión del sancionado CARLOS RIVAS SOLORZANO al Centro de Semi-Libertad “Simón Bolívar”, donde cumplirá la medida de Semi-Libertad por el lapso de SEIS (6) MESES. SEGUNDO: La remisión de los sancionados CARLOS RIVAS SOLÓRZANO y MICHELL REYES MÁRQUEZ al Programa de Libertad Asistida “San José”. SEGUNDO: LAS REGLAS DE CONDUCTA que deben observar los sancionados CARLOS RIVAS SOLÓRZANO y MICHELL REYES MÁRQUEZ impuestas por el Tribunal de Ejecución, son las siguientes: OBLIGACIONES DE HACER: 1) Continuar con la educación formal, debiendo presentar por ante este Tribunal de Ejec.....