Por las razones que anteceden este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana HERMELINDA DEL CARMEN BRICEÑO MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.039.998, y de este domicilio, contra el ciudadano CARLOS JOSÉ CARRILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.684.619, en consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo Matrimonial que los unía contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rita del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, desde el 28 de Diciembre de 1993, según se evidencia del acta de matrimonio que riela al folio dos (2) del expediente.
De existir bienes liquídese la Comunidad Conyugal.
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