Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la demanda de partición intentada por los ciudadanos MARTIN APARICIO COLON y MARIA JACINTA BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 882.611 y 7.204.612, respectivamente, contra el ciudadano ISRAEL BELISARIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.125.794, de este domicilio. se ordena la partición del cincuenta por ciento (50%) de los derechos que sobre las bienhechurìas construidas en terreno Municipal, ubicada en ubicado ubicada en el Barrio 23 de enero, Calle Santa Eduvigis, N° 61, cruce con pasaje Junín, Maracay, N° catastro 04-01-02-38-31-02, constituidas por casa de mampostería, techo de platabanda, de dos plantas. PLANTA BAJ.....