REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. SALA DE JUICIO. Maturín, siete de febrero del dos mil siete.-
196º y 147º
Vista la diligencia presentada por la Abg. Libia Calderin, quien procede con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana YANETT MORENO, parte demandante, y en la cual apela de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 25/01/2.007 que cursa a los folios 53 al 40, este Tribunal observa: PRIMERO: La pretensión de la presente causa esta dirigida a que por vía de Revisión se aumente el monto fijado como obligación alimentaria, es decir la revisión del efecto de la cosa juzgada formal que surge de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 14/09/2.003, cuando homologo el convenimiento celebrado por los progenitores y partes del presente procedimiento, SEGUNDO: El artículo 177 de la LOPNA establece la competencia material de los asuntos que debe conocer el Tr.....