Mediante Auto Fundado este Tribunal, IMPARTIENDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA Decreta CON LUGAR el cambio de centro de reclusión del Acusado ciudadano JOSE ALCIDEZ CABANIEL PALMARES, portador de la Cédula de Identidad N° Nº 14.254.083, de la Comandancia de Policía Socialista del Estado Monagas al Instituto Autónomo de la Policía Municipal del Municipio Maturín del estado Monagas, oficiando al Director del Instituto Autónomo de la Policía Municipal del Municipio Maturín, instándolo a tomar las previsiones necesarias para garantizar en la práctica el derecho a la vida y a la integridad física del acusado de marras, en su deber derivado de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como de las demás leyes y reglamentos vigentes, puesto que es un derecho humano fundamental que debe ser resguardado, mediante el uso del personal adscrito a dicha sede policial.-