En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con los Artículos 12, 242, y 243 del Código de Procedimiento Civil y 26 y 49 de la Constitución de la República, por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación ejercida por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 03.06.2013, por el Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que homologó el desistimiento de la acción.
SEGUNDO: REVOCA la sentencia dictada de fecha 003.06.2013, por el Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.