PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido contra la decisión de fecha 13 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada, la cual declaró Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano Juan Carlos Méndez en contra de la empresa Pizzería Restaurant Bar La Strada del Sole C.A. (La Montanara). No hay condenatoria en costas.