Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUCIOS incoada por el ciudadano MANUEL JOSÉ YAQUER RODRÍGUEZ, quien actuando en su propio nombre y en representación de la SUCESIÓN ELOISA RUIZ RODRÍGUEZ, contra los ciudadanos LUÍS FERMÍN FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ y WINDY SUE MARY KHALIL INKLIZIAN, ampliamente identificados al inicio, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la declaratoria de Perención Anual contenida en el encabezado artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, solicitada por la parte demandada.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la declaratoria de Perención Breve contenida en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, solicitada por la parte demandada