Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos JOSE GABRIEL INFANTE AGUILERA Y GIRLANNET VICTORIA LANDA FREDERICK, venezolanos, mayores de edad, casados entre si, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.475.480 y V-17.516.553, respectivamente, y de este domicilio.
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO, PARROQUIA JUAN JOSE FLORES DEL ESTADO CARABOBO; según Acta de Matrimonio Nro. 06, Folio 6, Tomo I, de los libros de Matrimonios ante este registro, de fecha 22 de Febrero del año 2.013.
TERCERO: Procédase el EJ.....