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Decisiones del dia 07/03/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 16-3804 N° Sentencia : Fecha: 07/03/2016
Procedimiento:
Querella
Partes:
RAMIRO JOSÉ MORILLO CARREÑO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 17.880.296, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL ABOGADO DIONNY ÁLVAREZ, INPREABOGADO Nº 138.843, CONTRA EL CONSEJO DISCIPLINARIO DEL CUERPO DE LA POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA
Resumen:
Ahora bien, este Juzgado luego de revisar la presente querella admite la misma en cuanto ha lugar en derecho. Cítese y envíese copia certificada del escrito contentivo de la querella, del presente auto y copias simples de los recaudos consignados por la parte querellante al ciudadano Procurador General de la República, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con los artículos 95 y 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, le dé contestación a la querella dentro del término de quince (15) días de despacho siguientes contados a partir de aquel en que se de por consumada su citación, lo que ocurrirá luego de vencidos los quince (15) días hábiles que establece el precitado artículo 96. En aras de la celeridad procesal se ordena a esa entidad remitir a este Tribunal el expediente administrativo del querellante de conformidad con el citado artículo 99, el cual debe constar en copias deb.....
Juez/Ponente:
Eduardo Luis Cabrera Chirino
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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N° Expediente : 16-3803 N° Sentencia : Fecha: 07/03/2016
Procedimiento:
Querella
Partes:
ROMÁN RUDAS, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 22.537.652, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL ABOGADO ANIBAL USTARIZ HERMOSO, INPREABOGADO Nº 157.469, CONTRA EL CONSEJO DISCIPLINARIO DEL CUERPO DE LA POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA
Resumen:
Ahora bien, este Juzgado luego de revisar la presente querella admite la misma en cuanto ha lugar en derecho. Cítese y envíese copia certificada del escrito contentivo de la querella, del presente auto y copias simples de los recaudos consignados por la parte querellante al ciudadano Procurador General de la República, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con los artículos 95 y 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, le dé contestación a la querella dentro del término de quince (15) días de despacho siguientes contados a partir de aquel en que se de por consumada su citación, lo que ocurrirá luego de vencidos los quince (15) días hábiles que establece el precitado artículo 96. En aras de la celeridad procesal se ordena a esa entidad remitir a este Tribunal el expediente administrativo del querellante de conformidad con el citado artículo 99, el cual debe constar en copias deb.....
Juez/Ponente:
Eduardo Luis Cabrera Chirino
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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N° Expediente : 16-3805 N° Sentencia : Fecha: 07/03/2016
Procedimiento:
Querella
Partes:
RACHELE DEL CARMINE PASQUA CARABALLO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 12.163.798, E INSCRITA EN EL INPREABOGADO Nº 143.729, ACTUANDO EN SU PROPIO NOMBRE Y REPRESENTACIÓN, CONTRA LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
Resumen:
Ahora bien, este Juzgado luego de revisar la presente querella, admite la misma en cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia, se ordena citar al Procurador General de la República y enviarle copias certificadas del escrito contentivo de la querella, del presente auto y copias simples los documentos consignados por la parte actora, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con los artículos 95 y 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, le de contestación a la querella dentro del término de quince (15) días de despacho siguientes a aquel en que se considere consumada su citación, lo que ocurrirá luego de vencidos los quince (15) días hábiles que establece el precitado artículo 96. En aras a la celeridad procesal se ordena a esa Procuraduría remitir a este Tribunal el expediente administrativo de la querellante, el cual debe constar en copias debidamente certificadas y foliadas cor.....
Juez/Ponente:
Eduardo Luis Cabrera Chirino
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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