MEDIACION POSITIVA QUE SE LOGRA EN LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en la cual la parte demandada se compromete a pagar la cantidad de CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 130.000,00), que serán pagados dentro de las siguientes veinticuatro horas, mediante la transaferencia de fondos a la cuenta N° 0105-0133-47-1133123937, del banco Mercantil propiedad del ciudadano WILLIAMS RAFAEL FARIÑAS CARDOZO, venezolana, mayor de edad, cédula de Identidad N° 8.545.422, dicho acuerdo se homologa en esta misma fecha.