Este Tribunal en uso de las facultades que le confiere la LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN AL NIÑO Y AL ADOLESCENTE (LOPNA), ordena:
PRIMERO: El retiro mensual de la cantidad de CIENTO DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES BOLÍVARES CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS ( Bs. 119.373,87) por concepto de pensión alimentaria para los menores ALONDRA ELIZABETH Y ABRAHAM JESÚS hasta agotar el monto depositado.-
SEGUNDO: Por cuanto se evidencia que los menores ya nombrados nunca han percibido la pensión alimentaria ; este Tribunal ordena hacerle entrega a la ciudadana YUDEIXI HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.734.162, en su carácter de progenitora de los prenombrados menores de la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS ( Bs. 477.495,49) por concepto de pensión alimentaria, correspondiente a cuatro pensiones atrasadas de los meses: Enero, Febrero, Marzo.....