este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos DEIVIS PLAZA y JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nro. V.- 15.044.222 y V.- 9.289.410, contra la empresa PC SEGURITY SERVICE, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la demandada PC SEGURITY SERVICE, C.A., a pagar al demandante DEIVIS PLAZA, la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON 99/100 (Bs. 57.538,99), y al demandante JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON 99/100 (Bs. 57.538,99).-
Todos estos conceptos fueron discriminados en la parte motiva del presente fallo.
En cuanto a los intereses y la corrección monetaria, este Juzgado dará cumplimiento con el mismo de conformida.....