Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte accionante, en contra de la decisión contenida en el auto de fecha 21/03/2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE REVOCA, la anterior decisión. SEGUNDO: SE ORDENA, la cuantificación de los salarios caídos, conforme a lo establecido en la sentencia definitivamente firme dictada en la presente causa en fecha 26 de julio de 2002, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Ju.....