DISPOSITIVA
En consecuencia y por todo lo antes expuesto esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en relación con la Sentencia Nº 7, dictada en fecha 01/02/00, en el expediente Nº 00-0010, con Ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictar AUTO SANEADOR para que el accionante, precise la información requerida dentro del lapso establecido ut supra, contado a partir del recibo de la notificación del presente auto, so pena de ser declarada inadmisible la presente acción de amparo constitucional.
Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación
EL JUEZ PRESIDENTE,
DR. JESUS ORANGEL GARCIA
LA JUEZA, .....