En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio constituido unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: LA ABSOLUCION de los ciudadanos: FREDDY JOSE SALAZAR MENESES, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.322.047, ALEXIS JOSE MENESES SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.486.830, ARNOLDO JOSE MOSQUEDA SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.517.004, LUIS FERNANDO PEÑALVER, titular de la Cédula de Identidad Nro. 19.092.525, LUIS ARMANDO PERDOMO MUJICA titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.813.401 y PERDOMO QUINTERO JULIO CESAR titular de la Cédula de Identidad Nro. 19.092.667, plenamente identificados en el presente asunto, de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículos 453 ordinales 3° y 6° del Código Penal Vigente, en perjuicio de la Empresa Bariven. SEGUNDO: ORDENA L.....