La ciudadana Jueza, una vez identificadas las partes declaró abierto el acto y en este estado el Tribunal deja constancia de que la mediación arrojo resultados positivos alcanzándose acuerdo entre las partes, quienes haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos y de la función mediadora desarrollada por este Despacho deciden conciliar el presente asunto, conforme lo establece el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras acorde con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y lo hacen en los términos siguientes: "LA DEMANDADA" con el objeto de poner fin al presente procedimiento ofrece pagar la cantidad de treinta y dos mil ochocientos veintiséis bolívares con ochenta y dos céntimos (Bs. 31.826,82) cantidad esta que abarca todos los conceptos demandados, esto es garantía de prestaciones sociales, vacaciones y bono vacacional y su correspondiente fracción, utilidades y su correspondiente fracción, bono de alimentaci.....