Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: consumada la perención y en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa. Así se decide.
SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo del expediente una vez transcurrido el lapso de ley para que las partes interpongan los recursos a que hubiere lugar a la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Publíquese y regístrese. Maracay, a los siete días de mayo de dos mil trece.
LA JUEZA
MARIA ELERIDA RUIZ
LA SECRETARIA,
NORKA CABALLERO
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 3:30 de l.....