este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: homologado el desistimiento del procedimiento de la demanda incoada por el ciudadano JHOAN MANUEL ROJAS titular de la Cedula de Identidad Nro. 16.760.426 contra la entidad de trabajo BAR RESTAURANT EL CAMPESTRE C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 28/03/1968, bajo el Nro. 99, Tomo 2 y posteriores modificaciones por concepto de concepto de acreencias laborales.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo Único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los siete (07) dí.....