Es por lo que, en atención al criterio de la Sentencia antes señalada, la cual este Tribunal hace suya y en razón de lo antes señalado, observa que la parte actora al momento de solicitar la citación del Ciudadano ANGEL EDUARDO HERNANDEZ ya identificado en autos, no indica como obtuvo los medios o canales electrónicos y, así este despacho verificar su idoneidad NIEGA lo solicitado así se decide.
LA JUEZ
EGLEE M, ROJAS C.
LA SECRETARIA
SILVIA C, RODRIGUEZ C.
EXP N° 25.252
EMRC/SR/Lp