III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana ADRIANA CAROLINA GONZALEZ HERNANDEZ, identificada con la cédula de identidad N° V-19.467.838, en su condición de poseedora de las bienhechurías que se encuentran construidas sobre una extensión de terreno de CIENTO SESENTA Y UN METROS CON TREINTA Y DOS (161,32Mts2), y una superficie de construcción de CIENTO SIETE METROS CON SETENTA Y TRES (107,73Mts2), ubicada en la siguiente dirección: PARROQUIA SAMAN DE GUERE, ASENTAMIENTO CAMPESINO MORITA I, URBANIZACION LOS LIRIOS, CALLE LAS ROSAS, PARCELA Nº23, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO, ESTAD.....