PRIMERO: la acumulación de las Sanciones, en atención del artículo 537 de La Ley Orgánica Para La Protección Del Niño Y Del Adolescente, se aplica supletoriamente la norma del artículo 479 numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Ordena distinguir la causa bajo la nomenclatura EA/651/07 y en adelante lo referido a dichas sanciones respecto al sancionado JESÚS ABEL CAMPOS SEQUERA, titular de la Cédula de Identidad N° 20.694.127, se seguirá en esta causa; Este auto se agregara en orden cronológico en las presentes actuaciones, así como en la causa EA-00674/07 y así se decide.
SEGUNDO: Dada la acumulación de sanciones, la misma queda de la siguiente manera: LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de DOS (02) AÑOS CADA UNA y la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (06) MESES, de cumplimiento SIMULTÁNEO
TERCERO: Por cuanto la audiencia de imposición del auto de ejecución de la sanción contenida en la causa EA-674.....