Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, contraído por los ciudadanos JOSE ELEAZAR HIDALGO BRIZUELA Y NELMAR ANDREINA FIGUEROA FLORES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos 18.583.142 y 17.472.609, identificados en autos el día 06 de abril de 2006, por ante el Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nº 08-06.
En cuanto a los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal, el Tribunal ordena proceder a la partición y liquidación conforme al procedimiento pautado en la Ley Adjetiva Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.