DECISIÓN
Por las razones aquí expuestas este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por la ciudadana AIDELENA PORTILLO ESTERLING, mediante su apoderado judicial abogado CRUZ MODESTO MENDOZA PORTILLO, en contra de la Sociedad Mercantil EXPRESOS DEL MAR, C.A. Así se Decide. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR los pedimentos que por hecho ilícito se reclama en el Escrito Libelar y por vía de equidad se ordena indemnizar el Daño Moral con la cantidad de OCHENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 80.000.000,00). Así se Decide. TERCERO: No hay condenatoria en costa dada la naturaleza de la decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.