DECLARA: CON LUGAR: la demanda intentada por el ciudadano ALEJANDRO EUSEBIO JASPE SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-949.670. en contra de la empresa BANCO VENEZOLANO DE CREDITO, S.A. domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 24 de enero de 2002, bajo el No. 11, Tomo 6-A. En consecuencia se ordena a la parte demandada:
PRIMERO: Las Cantidades señaladas en la parte motiva de la presente decisión, más los intereses moratorios e indexación.
SEGUNDO: Se ordena el cálculo de los intereses de mora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela desde la fecha en que vuelve a generarse el derecho a cobro de tal diferencia, a saber desde el mes de enero de 2007 y la corrección monetaria de las sumas condenadas, calculada desde el decreto de ejecución, hasta la materializ.....