Primero: Se declara parcialmente con lugar la solicitud de prorroga solicitada por el representante del Ministerio Público, por el lapso de Tres (03), meses contados a partir de la presente fecha, en consecuencia a ello, se declara sin lugar la solicitud formulada sobre este punto planteado por la defensa, por los motivos anteriormente expuestos. Segundo: Se declaran SIN LUGAR las solicitudes de SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, requerida por Defensor Privado del acusado MOISES ISMAEL BRITO NIEVES y por el Defensor Público Noveno Penal del acusado ALQUIMEDES JOSE RAMIREZ, quienes se encuentras detenido desde el diecisiete de Mayo de 2007, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de vehículo en relación con el articulo 6 en perjuicio de EDGAR DEL JESUS RINCON, ya que el efecto inmediato de la declaratoria de prorroga es evitar el decai.....