Por los razonamientos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto el 26 de mayo del 2010 por el abogado ORLANDO ANGULO SÁNCHEZ en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana KENNY JOSEFINA MOYEGAS, contra el auto dictado el 24 de mayo del 2010 por el Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación ejercida por la parte demandada contra la sentencia dictada el 7 de mayo del 2010, en el juicio que por desalojo sigue INVERSIONES 04-05-06, C.A. contra la hoy recurrente.
Queda CONFIRMADO el auto recurrido.
No hay condenatoria en las costas del recurso, por cuanto no hubo actuación de la parte actora en esta alzada.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Me.....