DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero:PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por el ciudadano CARLOS RAMON CORTEZAO REINALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.687.272, asistido por la Abogada DEYANIRA ALFONZO, Inpreabogado N° 106.008;contra la ciudadana FRANCIS DEL VALLE GOMEZ VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.201.825.
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en fecha 23 de Julio de.....