D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos ANABELL ESPERANZA MUÑOZ DE VALLADARES y SENAQUERIB YORBANNY VALLADARES PIÑA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad números V-15.734.667 y V-19.002.437 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veinticinco (25) de Noviembre del año dos mil diez (2010), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 283, año 2010.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del T.....