DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de Derecho anteriormente expuestos, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensa pública del ciudadano JOSÉ JAVIER TORRES QUINTERO.
SEGUNDO: DECRETA la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada en audiencia, el 04 de Julio de 2009, por el Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual “acordó la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, de conformidad con lo consagrado en el numeral 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano JOSÉ JAVIER TORRES QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº V-10.906.231, por encontrarlo incurso en la .....