Por las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE POR LA PÉRDIDA DE INTERÉS material o sustancial en la solicitud de de Rectificación de Acta de Nacimiento interpuesta por el ciudadano, BLADIMIRO JOSÉ TOVAR ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-3.747.741, debidamente asistido por el ciudadano abogado, Richard José Tovar Ortuño, Inpreabogado Nº 114.195.