Este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO, solicitado en fecha dos (02) de agosto de 2012, por el Ciudadano EMANUEL ABRAMOVITS, titular de la cedula de identidad N° V-5.533.444, quien actúa en su carácter de Presidente de la contribuyente "FUNDICIÓN DE METALES FINOS, S.A.", debidamente asistido por el abogado RAFAEL ARNOLDO BARROETA MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.557.708 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 15.400, contra el acto administrativo dictado por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en fecha veinticinco (25) de noviembre de 2011, identificada con el alfanumérico SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2011/DCR-27-417, por estar dados los extremos exigidos en los artículos 263, 264, del Código de Procedimiento Civil para que sea declarado válido el desistimiento .....